¿Qué es?

Es la formación que las empresas pueden poner a disposición de sus trabajadores, a coste cero y con cargo a las bonificaciones de la Seguridad Social.

Trámite de la Bonificación

¿Para Qué?

Para favorecer la formación de los trabajadores, contribuyendo así a la mejora de la capacitación del trabajador y la competitividad de la empresa.

¿Quién?

Pueden realizar cursos bonificados todos los trabajadores asalariados de empresas con centros de trabajo en España.

¿Por Qué?

Porque las empresas cuentan con una cuota de formación anual para consumir que se destina anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y que si no consume se pierde ya que esa cantidad no es acumulable.

Esta cantidad procede de las retenciones para la formación que se hacen a través de las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social y de las nóminas de sus trabajadores y está regulada por el Real Decreto 395/2007.

¿Cómo?

Una vez finalizada la formación, con la factura emitida por la empresa formadora, su empresa se podrá deducir de la cantidad a pagar en los TCs una cantidad igual a la de la factura, y siempre con anterioridad a la fecha de fin de presentación del boletín.

ISM se ocupa de todo el proceso:

  • Le indicamos el crédito de formación con el que cuenta su empresa.
  • Ejecutamos y realizamos el  seguimiento del proceso formativo.
  • Gestionamos toda la parte administrativa y de documentación necesaria para la bonificación de la formación.
  • Su empresa se podrá  deducir en los seguros sociales (TC) el importe de la factura, con anterioridad a la fecha de fin de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico.

Para más información al respecto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te resolveremos todas las preguntas que tengas al respecto y gustosos te ayudaremos a formar a tus trabajadores, beneficiándote del Crédito Formativo. Ponte en contacto con nosotros en el 91 444 36 43  o envíanos un email a info@ismedioambiente.com