Tras la publicación del Real Decreto 553/2020, son muchas las dudas que han surgido en torno al traslado de residuos. Con el fin último de responder algunas de las preguntas frecuentes sobre el mismo, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico publica este documento. Una herramienta que busca ser un apoyo para productores y gestores de residuos.

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Entre las cuestiones que se recogen, se encuentran el ámbito de aplicación del Real Decreto 553/2020; el contrato de tratamiento o asuntos relacionados con los operadores.

Preguntas frecuentes sobre el Real Decreto 553/2020

Ámbito de aplicación

Este Real decreto resulta de aplicación en el ámbito del transporte profesional de residuos, tal como se deriva del artículo 26 de la Directiva 2008/98/CE, de 19 de noviembre de 2008, que queda reflejado en el artículo 29.2 de la Ley 22/2011, de 28 de julio.

“No tienen la consideración de traslado de residuos las siguientes actividades de transporte destinadas al acopio inicial de residuos: En el ámbito de la logística inversa, el transporte desde los hogares particulares hasta los comercios o hasta las plataformas de la distribución; y el transporte desde los comercios hasta las plataformas de distribución”

Operadores de traslado

Otra de las cuestiones que aborda el documento son los operadores de traslado: Cómo ser operador de traslado, cómo se aplica la normativa, cómo se define la figura del agente, entre otras dudas frecuentes.

Entre los posibles operadores de traslados se encuentra, en equivalencia a la figura de recogedor del reglamento comunitario, el gestor de un almacén de recogida en lugar de los productores iniciales cuando agrupe pequeñas cantidades de un mismo tipo de residuos en un único vehículo, para su posterior traslado a una instalación de tratamiento desde su almacén.

Contratos de tratamiento

El artículo 5 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, regula el contenido del contrato de tratamiento entre el operador del traslado y el gestor de la instalación de tratamiento.

¿Cuáles son las condiciones de aceptación que se deben incluir en los contratos de tratamiento exigidos para realizar un traslado? ¿Se puede incluir en un mismo contrato de tratamiento varios residuos si estos tienen el mismo origen y el mismo destino? En el caso de los contratos de tratamiento existentes ¿Qué plazo de adaptación hay para adecuarlos al nuevo Real Decreto 553/2020?

Otros aspectos

Otras dudas tratadas en el documento son las relacionadas con el documento de identificación, la notificación previa, los traslados urgentes, el procedimiento electrónico de traslado de residuos e-SIR y los residuos municipales.

Para más información, consulta el documento de preguntas frecuentes sobre el traslado de residuos publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Taller Nuevas Obligaciones en el Traslado de Residuos

Con el fin de dar a conocer requisitos y obligaciones asociadas al traslado de residuos, en el ISM organizamos un taller práctico online en colaboración con Teimas, empresa tecnológica del sector residuos y desarrolladora del software Teixo. El objetivo es abordar las novedades del RD 553/2020 de traslados, mostrando ejemplos prácticos basados en situaciones reales y aclarando las dudas de aplicación que surgen en la actividad diaria.

Puedes consultarnos más acerca de este taller telepresencial en el correo info@ismedioambiente.com o en el 91 444 36 43