La depuración de aguas residuales, según el artículo 25.2.l de la Ley de Bases de régimen Local, es competencia de los municipios. En más de 200 pueblos castellanos se puede  comprobar el escaso o nulo tratamiento de aguas que realizan los Ayuntamientos menores de 2.000 habitantes. Estos pequeños municipios no pueden abordar los costes de operación y mantenimiento de las depuradoras (en el caso improbable de que las tengan), sobre todo si son pueblos dispersos, como ocurre en las soledades del interior peninsular. Para los ayuntamientos son infraestructuras impopulares porque en zonas donde se consume agua de pozos o fuentes (a precios irrisorios que apenas llegan al céntimo de euro), la depuración eleva los costes hasta los 80 ó 90 céntimos de euro el metro cúbico. De ahí que algunos alcaldes opten por no poner en funcionamiento sus depuradoras con las consecuencias ambientales que su decisión provoca.

Depuradora de macrofitas en la Urbanización Río Cedena, Los Navalmorales y Navahermosa (Toledo). Fuente: Juan Aragoneses

Para ello, hay múltiples sistemas naturales de depuración para pequeñas poblaciones que en la mayoría de ocasiones, por desconocimiento o falta de técnicos competentes, no son puestos en funcionamiento.

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